Juicio por genocidio contra alto funcionario del PC chino avanza en Argentina
Más sobre
Según el Dr. Alejandro Cowes -uno de los abogados querellantes-, ya empezaron a declarar testigos y víctimas del genocidio, todos extranjeros, quienes viajaron desde Estados Unidos, Canadá y Australia para brindar su testimonio.
La demanda, impulsada por la Asociación del Estudio de Falun Dafa en Argentina, se basa en la participación del acusado como vice-director de la «Oficina 610» (organismo chino tipo GESTAPO) en la persecución a Falun Dafa desde junio de 1999. Ésta fue presentada durante a la visita de Luo Gan a la Argentina a mediados de diciembre de 2005.
Falun Dafa es una antigua disciplina de autocultivación de origen chino, cuyas enseñanzas se basan en los principios de Verdad-Benevolencia-Tolerancia, complementadas con ejercicios y meditación. Si bien era bien vista y apoyada tanto por el pueblo como por el régimen chino en los primeros años de su difusión desde 1992, ante la masiva difusión libre (alcanzando 100 millones de practicantes en siete años) el Partido Comunista Chino -conducido entonces por Jiang Zemin- decidió prohibirla en 1999 y comenzó una brutal persecución a sus practicantes que lleva a cabo a través de la policía, el ejército, el sistema judicial y todos los establecimientos gubernamentales, laborales y sociales, con el objetivo de «erradicar Falun Dafa». El genocidio continúa en la actualidad y lleva cerca de 3.000 muertes confirmadas (la cifra real estaría en varias decenas de miles) y millones de arrestos ilegales y aplicación de torturas brutales. Recientemente varios testigos incluso han revelado la existencia de campos de concentración y de trabajo forzado que retienen a decenas de miles de practicantes para convertirlos forzadamente en proveedores vivos de órganos.
Según consta en el demanda, la Oficina 610 «...tenía encomendada la gestión específica y el control de los denominados ‘asuntos de Falun Gong’, convirtiéndose de facto, y bajo la dependencia directa y la supervisión del querellado Luo Gan, en la Oficina que coordinó territorialmente las órdenes encaminadas a erradicar Falun Gong». Y prosigue, «Esta es la verdadera realidad de una GESTAPO china con objetivos de exterminio de millones de seres inocentes (incluidos mujeres, ancianos y niños) bajo el control, la dirección, la supervisión y coordinación de Luo Gan, el denunciado, conocido como el ‘exterminador chino’...»
Un día después de presentada la denuncia, nueve practicantes argentinos de dicha disciplina que manifestaban pacíficamente fueron agredidos por alrededor de cuarenta chinos organizados frente al Congreso de la Nación, donde el vicepresidente Daniel Scioli recibía justamente a Luo Gan, a pesar de que su puesto actual, Director de Asuntos Políticos y de Legales del Comité Central del Partido Comunista Chino no justifica una visita oficial a nuestro país ni su recibimiento en el Congreso de la Nación. Según muestran las fotografías, los agresores portaban credenciales y no fueron restringidos ni detenidos por la policía. Las víctimas además declararon haber visto a miembros de la embajada de China en el lugar de los hechos.
Entre los argumentos que figuran en la resolución que dio lugar a la querella, el juez afirma que «...tal como surge de los términos de la acusación promovida (corroborados mínimamente mediante las publicaciones de Naciones Unidas acompañadas), nos encontramos innegablemente ante una multiplicidad de hechos... que por su escala, volumen y gravedad deben reputarse como crímenes de lesa humanidad, receptados por nuestro ordenamiento interno... e internacional en primer rango...»
En el mismo fallo, el juez refutó el pedido de desestimación por parte del fiscal -fundamentado en el principio de territorialidad-, afirmando que «...en virtud de los compromisos internacionales que ha asumido la Argentina desde mediados del siglo pasado... el principio de territorialidad... debe ceder a fin de garantizar el correspondiente acceso a la justicia a las víctimas de semejantes atropellos». «...no puede existir duda alguna sobre la facultad de aplicar la ley penal argentina a un hecho ocurrido en el extranjero y cometido por extranjeros, cuando el mismo puede ser calificado como delito de lesa humanidad que afecta –por lo tanto- al ‘derecho de gentes’», agregó el juez.
La causa pasó fugazmente por la Corte Suprema debido a la «inmunidad diplomática» con la que presuntamente contaba el acusado como consecuencia de una intervención de la Embajada de China a través de la Cancillería. Luego retornó al Juzgado Federal Nº 9 al considerar el tribunal superior que no le correspondía la competencia originaria porque el acusado ya no contaba con dicha inmunidad estando fuera del país.
De las más de sesenta causas iniciadas alrededor del mundo con relación al genocidio contra los practicantes de Falun Gong, la que lleva adelante la justicia argentina es la primera en entrar en la etapa de investigación y la más avanzada en este aspecto. Otra causa que ha llegado a esta instancia se lleva a cabo en España, donde recientemente la Corte Suprema ordenó a la Audiencia Nacional investigar a un ex alcalde de Beijing y actual número cuatro del PCCh por su actuación en el genocidio en cuestión.
Te puede interesar
-
Comisión de emergencia estudia como evitar que se desplace en ...
-
Extraoficialmente 350 son los muertos en Europa, 40 en Italia ...
-
Twitter anunció el jueves pasado que ha desarrollado una tecn ...
-
-
Advirtió que intentan asesinarlo pero que prefiere no sentars ...





