En junio de 1999 el Presidente de la República Popular China, Jiang Zemin, ordenó la formación de la Oficina 610, dirigida específicamente a la persecución de Falun Gong, una práctica espiritual que tenía la adhesión de millones de chinos1; se calculan más de 70 millones de practicantes los que había en ese momento. Esta decisión, según se ha comprobado por testimonios y fuentes directas, investigaciones independientes y trabajo de organismos civiles y oficiales tales como Amnistía Internacional y la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, produjo una catástrofe humana de grandes dimensiones: miles de asesinados, de torturados, de exilados, cientos de miles deportados a campos de concentración2, la comercialización de órganos para trasplantes usando a prisioneros de conciencia de Falun Gong, denunciada y documentada por David Kilgour y David Matas, dos prestigiados defensores internacionales de derechos humanos3. El uso de trabajo esclavo en los campos4.
Otra acción gubernamental ha sido el internamiento de practicantes en hospitales psiquiátricos llamados Ankangs que significan “centros de paz y bienestar”5, como una remembranza del uso en la Unión Soviética de manicomios para reprimir disidentes y de la utilización de técnicas de lavado de cerebro desarrolladas en los 50 por la China maoísta e imitadas por el programa MK Ultra de la CIA estadunidense6. El propio gobierno chino se incrimina al usar el testimonio de estas víctimas en sus publicaciones de propaganda, algunas de las cuales ahora se denuncian a sí mismas –coincidiendo con el gobierno- señalando que Falun Gong es una “secta diabólica”7, en una patética demostración similar de lo que se hacía confesar a las víctimas bajo la Inquisición o en las purgas stalinistas.
Las razones –o sin razones- que llevaron a Jiang Zemin y a su camarilla a iniciar esta feroz persecución que, con otro equipo dirigente, no cesa todavía contra Falun Gong, son, a saber: a) la rápida expansión que estaba teniendo Falun Gong y la paranoia de la tiranía china ante un movimiento que no podía controlar; b) el miedo ideológico a los principios de “verdad, benevolencia y tolerancia” de Falun Gong que pudieran traducirse en una eventual disidencia colectiva; c) la falta de respeto a la libertad de conciencia y la persecución sistemática del régimen chino a religiones y comunidades espirituales que no están bajo control del gobierno, tales como los católicos identificados con el Vaticano, evangélicos, budistas tibetanos, etcétera; d) el uso de los mecanismos de represión para consolidar el poder de la camarilla gobernante –hay denuncias, por ejemplo, de corrupción por los fondos discrecionales manejados por la Oficina 610-8, y e) lo que llamo pedagogía del terror, es decir, la manera como un grupo gobernante totalitario le “enseña” al resto de la sociedad a disciplinarse a través del trato ejemplar a un grupo que se ha decidido sea proscrito.
Se debe definir si la decisión de Jiang Zemin en contra específicamente de Falun Gong puede tipificarse como crimen contra la Humanidad y si los hechos conocidos establecen la responsabilidad de graves delitos que violentan las normas del derecho internacional9. Si bien, según un criterio filosófico, nos encontramos frente a un fenómeno el cual constituye una expresión del mal absoluto10, es importante el enfoque meramente jurídico del problema, pues se trata además de un crimen continuado, no sólo del juicio a un genocidio del pasado.
Desde mi punto de vista se reúnen tres condiciones jurídicas para tipificar el delito genérico de crimen contra la Humanidad –con otros delitos derivados contra el derecho internacional- en la persecución a Falun Gong y la responsabilidad específica en ello, como iniciador, de Jiang Zemin, ex Presidente de la República Popular China y de sus cómplices Luo Gan y Lin Linquin, dirigentes de la Oficina 610.
1º. La decisión de exterminio de un grupo nacional. El exterminio debe interpretarse tanto en el sentido de “exterminio físico” como de supresión de la existencia de un grupo nacional. Los asesinatos cometidos contra los practicantes de Falun Gong corresponden a una política pre determinada de exterminio, y la prohibición total de una práctica pacífica amparada por la Declaración Universal de los Derechos del Hombre corresponde a la ejecución de una política opresora genocida. La orden de Jiang Zemin para la operación de la Oficina 610 consistió en tres grandes directivas que orientaron actividades criminales: difamen a los practicantes, arruínenlos económicamente, elimínenlos físicamente.
2º. La puesta en marcha de la propaganda de odio. Todo genocidio se sustenta en la propaganda de odio que permite su ejecución al contar con la participación activa de ejecutores que viven la paz espiritual del verdugo, así como las delaciones o la pasividad del resto del conjunto social; puede ser propaganda de odio por motivos raciales contra armenios, judíos o tutsis; por motivos ideológicos como contra los kulaks en la antigua Unión Soviética o contra los practicantes de Falun Gong en la China contemporánea.
3º. La ejecución de atrocidades mediante el comando de un grupo criminal. En la historia moderna los crímenes contra la Humanidad se han llevado a cabo con la instrumentación planificada por parte de organizaciones específicas: los grupos especiales del Ejército turco, la Checa soviética, la Orden negra, los SS a cargo de los campos de concentración en la Segunda Guerra mundial y los Sonderkomando en el frente del este, las milicias hutus en Ruanda, las milicias serbias en la guerra de Bosnia, los khemer rouge en Camboya y la Oficina 610 creada por el régimen del Partido Comunista en China para el exterminio de Falun Gong.
Si existen estas condiciones jurídicas para definir como crímenes contra la Humanidad las operaciones de la Oficina 610 de la que era su más alto responsable Jiang Zemin, ¿por qué no puede ser éste procesado por un tribunal internacional? A pesar de las múltiples evidencias, Pol Pot, el genocida de Camboya, murió sin ser requerido nunca por un tribunal internacional, el cual se instauró apenas para juzgar a sus principales cómplices. Pero no sólo es la lentitud de la justicia internacional y el elevado costo que significa el trabajo de un tribunal de este tipo lo que está impidiendo el juicio a Jiang Zemin, en una contradicción al parecer casi insalvable, pues mientras este personaje reúne las condiciones jurídicas de ser responsable de crímenes contra la Humanidad, reconocidos y tipificados por el derecho internacional, existen un conjunto de dificultades procesales y de intereses políticos que están garantizando su impunidad.
Si los tribunales internacionales actuaran con plena autonomía jurisdiccional, el procesamiento de esta clase de criminales se facilitaría en gran medida. Sin embargo, la Corte Penal Internacional se ha dado como límites no actuar de manera retroactiva y actuar solamente ante los delitos cometidos después de su conformación en 2002 y circunscribe su ámbito jurisdiccional a los países firmantes, entre los cuales no se encuentran Estados Unidos ni la República Popular China. El Tribunal de la Haya, en lo que se refiere a los juicios por crímenes contra la Humanidad, actúa con base en la promoción de Estados en el Consejo de Seguridad de la ONU. Eso dificultó durante años –por la oposición soterrada de China- la instauración de un tribunal para juzgar los crímenes masivos de Pol Pot y de su camarilla, e introduce las razones de Estado y los intereses políticos de las grandes potencias en la aplicación del derecho internacional.
Los crímenes contra la Humanidad son imprescriptibles y para juzgarlos deben imperar criterios de retroactividad al margen de los protocolos de la conformación de la Corte Penal Internacional en 2002. Si bien ha sido posible encausar en la Haya a criminales de guerra por el conflicto en Bosnia o Sierra Leona cometidos antes de 2002, o ha sido posible el juicio a responsables del genocidio en Ruanda, existe todavía un vacío jurídico en el sistema de derecho internacional impidiendo correlacionar al mismo plenamente con los principios del derecho humanitario permitiendo el enjuiciamiento de criminales como Jiang Zemin aunque no hayan operado y cometido sus delitos en el contexto de una guerra.
Actualmente existe un criterio difundido de que el principio de la soberanía de un Estado no ampara la impunidad de los ejecutores de crímenes contra la Humanidad y por ello distintos Estados establecen para sus tribunales una jurisdicción extendida en el juicio de este tipo de criminales. Esto ha permitido encausar a Jiang Zemin en procesos judiciales en distintos países con motivo de la persecución a Falun Gong, lo que ha permitido presentar testimonios de víctimas y reunir pruebas en expedientes judiciales. Algunos tribunales ya lo han sentenciado in absentia como es el caso en Estados Unidos y Bélgica. Otros procesos muy importantes están abiertos en Francia, España y también en América Latina: en Bolivia y Chile. Uno en Argentina dirigido específicamente contra Luo Gan11. Estos esfuerzos jurídicos no son inútiles, pues según un principio semejante al de action clas, la reivindicación jurídica de unas víctimas abarca al conjunto de las víctimas implicadas, lo que va estableciendo, gracias a estos tribunales, la base jurídica internacional para el enjuiciamiento de Jiang Zemin.
El hecho de que los crímenes contra la Humanidad en la persecución a Falun Gong comenzados en 1999 con la creación de la Oficina 610 y por decisión de Jiang Zemin no hayan cesado, no elimina su responsabilidad específica, sino la acrecienta al haber creado esta persecución como una política del Estado chino, la cual se mantiene como una mancha indeleble a pesar del ocultamiento, de la propaganda o de la indiferencia. Pero esto además fundamenta la retroactividad del enjuiciamiento internacional y su urgencia -por las vidas que puede salvar todavía-, por el restablecimiento del orden que puede lograr al propiciar el respeto a principios fundamentales como la libertad de conciencia, por la justicia que debe imperar en el mundo contemporáneo sin límites de fronteras.
Si China participa intensamente en las instituciones, realidades y dinámicas del comercio internacional y de la globalización económica, debe aceptar también una apertura de su sistema y considerar que no puede excluirse de los temas globales tales como los derechos humanos, la ecología, la comunicación y el imperio civilizado del derecho internacional.
Además de la persecución a Falun Gong, el hostigamiento permanente a comunidades religiosas no controladas por su gobierno, la cancelación de libertades civiles básicas, la falta de garantías laborales, el ataque a disidentes y activistas de derechos humanos, el genocidio cultural en el Tíbet y el aplastamiento de su autonomía, la restricción del uso legal de Internet y su apoyo al gobierno de Sudán en las masacres de Dafur, conforman un enlistado negro del gobierno chino que ni siquiera el haber sido borrado –por razones económicas y políticas- de la lista de países violadores de derechos humanos por parte del gobierno de George Bush12, puede evitar el repudio de la gente informada y conciente del mundo.
Así pues, por la decisión de exterminio de un grupo nacional, la difusión de propaganda de odio, el comando de un grupo para realizar atrocidades contra seres humanos como la Oficina 610 creada para perseguir a Falun Gong, como líneas de encauzamiento; así como por la retroactividad del enjuiciamiento al tratarse de un crimen continuado, los juicios en tribunales de Estados miembros de la ONU como base jurídica y el criterio de que este juicio permitirá una verdadera equivalencia entre el sistema del derecho internacional y los principios universales del derecho humanitario, me parece que existe el suficiente sustento jurídico y moral para que Jiang Zemin y los principales miembros de su camarilla sean juzgados algún día en un tribunal internacional por sus crímenes contra la Humanidad. Y pienso, no como un anhelo utópico sino como una terquedad de la esperanza, que esto pueda ser más pronto que tarde.
Notas:
1- Falun Gong o Falun Dafa nació con la inspiración de Li Hongzhi en 1992 y no es en realidad un culto religioso sino una enseñanza de ejercicios físicos dirigidos a la meditación, el equilibrio energético y la salud; sus principios espirituales surgen de la tradición del budismo clásico y tiene indudables conexiones con el pensamiento antiguo de los esenios y los pitagóricos. La práctica de Falun Gong o Falun Dafa se ha extendido a más de 70 países, en ninguno de los cuales se le persigue, además de caracterizarse por su apoliticismo, su gratuidad y su actitud ecuménica.
2- La cifra de víctimas de la persecución a Falun Gong es en realidad un hoyo negro. Las restricciones informativas del régimen chino impiden contar con estadísticas confiables. En 2006, el gobierno chino en sus publicaciones de propaganda y tratando de minimizar reconocía que 1, 800 practicantes de Falun Gong habían muerto en prisión “por suicidio”. Amnistía Internacional denegó que dicha cifra fueran muertes por suicidio, entre otras razones por la creencia de los practicantes de Falun Gong de que el suicidio condena a quien lo comete a un mal karma en una futura reencarnación. Deben señalarse casos típicos como el de 18 mujeres practicantes que fueron detenidas en una apelación en Beijing y a quienes se les arrojó desnudas en una prisión de criminales muriendo a causa de las violaciones masivas, cuyo deceso también se manejó por la propaganda oficial gubernamental como un caso de “suicidio ritual”. Otras estadísticas establecen un número aproximado de 50 mil asesinados, a partir de un cálculo de 10 mil muertos por tortura y ejecuciones y un número de 40 mil asesinados en el proceso de tráfico de órganos según el informe Cosecha sangrienta de David Kilgour y David Matas. El número de 40,000 corresponde al dato oficial de trasplantes llevados a cabo en China durante este periodo sin que se conozca el origen de los donantes. También Amnistía Internacional ha denunciado el uso de condenados a muerte y de prisioneros de Falun Gong para proveer de órganos para trasplantes. Cientos de miles de practicantes de Falun Gong han sido deportados a campos de trabajo cuyos nombres Xin “an, Masanjia, Wanjia en Harbin y otros son parte de un auténtico Gulag chino contemporáneo. El verdadero número de víctimas no puede establecerse aún, entre otras razones porque se trata de un crimen continuado.
3- David Kilgour, ex subsecretario de Relaciones exteriores de Canadá y David Matas, un reconocido abogado canadiense de derechos humanos, realizaron en 2006 el reporte Cosecha sangrienta , un estudio que analiza, recopila testimonios, pruebas y documentos acerca de la comercialización de órganos para trasplantes usando a prisioneros de Falun Gong. En noviembre de 2007 actualizaron su reporte agregando nuevas evidencias.
4- Distintos reportajes han demostrado el uso de trabajo esclavo en productos textiles y químicos, entre otros. Un caso célebre fue el que involucró a la trasnacional Nestlé quien había contratado maquila en China para producir regalos de figuras de peluche y que, según una investigación de los periódicos Morning Herald de Australia y Geneve le Temps de Suiza, se manufacturaron con trabajo esclavo de prisioneros de Falun Gong por lo que esta empresa se vio obligada a cancelar dicho contrato.
5- El investigador británico Robin Munro, del Departamento de Derecho y del Centro de Estudios Chinos de la Universidad de Londres, denunció en 2003 el uso de hospitales psiquiátricos para reprimir a practicantes de Falun Gong. Un reportaje de New York Times confirmó sus datos dos años después.
6- La CIA desarrolló el programa MK Ultra para perfeccionar técnicas de lavado de cerebro y control mental, después de que pilotos estadounidenses presos en la guerra de Corea y tratados en China mostraron a su regreso a Estados Unidos los síntomas de lo que se conoce como lavado de cerebro.
7- El gobierno chino utiliza la denominación “secta diabólica” o “secta maligna” para referirse a Falun Gong o Falun Dafa. Recientemente en una publicación difundida por sus embajadas y a través de Internet reprodujo el testimonio de 120 practicantes “reeducados” que usaron la misma denominación.
8- Véase reportaje de La Gran Época (26/9/2007) acerca de las investigaciones del actual gobierno chino sobre los desfalcos a su ministerio de Hacienda por el financiamiento de la persecución a Falun Gong.
9- La Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 estableció las normas jurídicas internacionales recogidas en el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y de 2002.
10- La simbólica del mal, Paul Ricoeur, Taurus, Madrid, 1974. En febrero de este año, con motivo de una declaración firmada por 200 rabinos, académicos y políticos de Israel condenando la persecución a Falun Gong, el rabino David Druckman de Jerusalén dijo que la extirpación de órganos a prisioneros de Falun Gong equivale al mal absoluto que sólo tiene parangón en los crímenes del stalinismo y del nazismo (Israel News, 16/2/2008).
11- Hasta ahora se han entablado 36 juicios en distintos países contra responsables de la persecución, incluyendo uno en Hong Kong hace más de un año en un tribunal que ya emitió un acta de comparecencia, basado en el principio “un país, dos sistemas”.
12- La postura del fiscal argentino Luis Moreno Ocampo de la Corte Penal Internacional acerca de la posibilidad futura de que George Bush y Tony Blair pudieran ser juzgados por crímenes de guerra cometidos en la invasión de Irak (Universal, 22/3/2008), abre el criterio en torno a que la Corte entable juicios con base en el derecho internacional sin tomar en cuenta restricciones jurisdiccionales. Habría que saber la opinión del fiscal Moreno Ocampo sobre la posibilidad de enjuiciar a Jiang Zemin y su camarilla por sus crímenes contra la Humanidad, perfectamente tipificados según el derecho internacional.










